Se prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto maíz inflado dulce, sin T.A.C.C. marca Del Prado Pop; en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un RNE existente, vigente y perteneciente a otra razón social y un número de RNPA inexistente, y por consignar en el rótulo el símbolo “Sin T.A.C.C.” sin contar con la autorización correspondiente para tal atributo, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Por otro lado, se prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea el producto Miel de Abeja multifloral marca El Colmenar, elaborada por MOLLE SA, Córdoba, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Ante cualquier duda o denuncia, las vecinas y los vecinos se pueden acercar al área bromatológica local o comunicarse con el Ministerio de Salud, a través del correo alimentosrionegro@gmail.com o bien con ANMAT, al teléfono 0800-333-1234, o vía mail a responde@anmat.gov.ar.