¿De qué trata?
Ley Provincial N.º 5.245
El Régimen de Patrocinio y Tutoría del Deporte tiene como objetivo facilitar la participación de personas físicas y jurídicas en la promoción y el fomento del deporte en la provincia de Río Negro.
A través de aportes económicos o en especies, el régimen busca estimular y sostener las prácticas deportivas, ofreciendo a quienes patrocinan un incentivo fiscal a cambio de su contribución.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios y beneficiarias?
- Instituciones sin fines de lucro: clubes, asociaciones, fundaciones y otras entidades civiles con domicilio en la provincia de Río Negro
- Deportistas profesionales o amateurs domiciliados/as en Río Negro
- Profesionales de la educación física, entrenadores/as y directores/as técnicos/as que desarrollen su actividad en la provincia
¿Quiénes pueden ser patrocinadores?
- Personas físicas o jurídicas con al menos 5 años de residencia en la provincia
- Contribuyentes inscriptos en impuestos provinciales durante un mínimo de 5 períodos.
¿Qué beneficio fiscal reciben los patrocinadores?
Quienes realicen aportes en el marco de este régimen acceden a los siguientes beneficios:
- Una bonificación del 50 % del monto total aportado
- La bonificación puede utilizarse como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
- El beneficio no puede superar el 25 % del impuesto determinado en cada anticipo mensual
Tipos de aportes
Los aportes pueden realizarse de dos maneras:
- Aporte dinerario: El patrocinador transfiere el dinero directamente al beneficiario mediante transferencia bancaria
- Aporte en especie:
*Si se trata de un bien nuevo: se deben presentar tres presupuestos y la factura de compra.
*Si el bien es usado: se debe presentar la factura de compra correspondiente.
Pasos para participar de la Ley de Patrocinio Deportivo
El trámite para participar se desarrolla en dos instancias, tanto para beneficiarios como para patrocinadores.
1.ª Instancia
- Inscripción del Proyecto a través de esta web
- Evaluación del Proyecto y análisis de su viabilidad por parte del equipo correspondiente.
2.ª Instancia
- Comunicación formal de la viabilidad del Proyecto
- Requerimiento de la documentación necesaria
- Firma del convenio de patrocinio